lunes, 27 de octubre de 2008

viernes, 24 de octubre de 2008

El Presupuesto

El Presupuesto

Primero que nada es importante tener claro, qué es el presupuesto, su clasificación, alcance, limitantes y los principios que lo rigen y le dan la orientación necesaria para ser coherentes con las realidades que tengan que manejar.

Se podría en este punto citar un montón de autores y conocedores del tema, encontraríamos miles de definiciones, una mas o menos simples que otras o en diccionarios jurídicos o legislaciones y conseguir un significado mas puntual, pero hasta cierto punto es absurdo ya que todos esos conceptos los tenemos al alcance de la mano, así que me parece oportuno dar un concepto mas adaptado a la realidad cotidiana de todos, ya que aun sin darnos cuenta casi todas nuestras actividades llevan anticipadas un presupuesto o planificación previa para poder concebirlas de forma que no obstaculicen el bienestar o desarrollo normal de nuestra vida, es tonto pensar que solo aquellas personas dedican de una u otra manera su vida al tema económico o jurídico son las que se enfrentan al manejo de presupuestos.

Se dice que el presupuesto es la materialización de un pretexto para que se ejecute algo, donde existe un computo anticipado que conste de una obra o de los gastos o rentas…si quiere enfocarse desde una óptica mas sencilla, es la cantidad de dinero calculada para hacer frente a los gastos de la vida cotidiana.

Seria oportuno decir entonces, que el presupuesto no es otra cosa que aquella actividad que motivada por una planificación anticipada de una necesidad eminente y real, que demanda una solución a corto y/o largo plazo, esto lo podemos constatar en el núcleo familiar, en las empresas y evidentemente en el manejo de los recursos nacionales.






¿Por qué familiar?

Porque al hacer el mercado, al comprar los útiles de los niños o pagar las facturas de los gastos básicos de la casa se debe tener una planificación minima y una organización económica para no crear caos y poder satisfacer cada una de estas necesidades sin afectar el equilibrio o balance de la armonía familiar. Así mismo, se lograría evidenciar el como de manera instintiva cualquier persona toma el procedimiento básico para crear un presupuesto, ya que la planificación va dirigida a conseguir un fin determinado, dentro de un lapso concreto y con un control regular, y en la mayoría de los casos es de manera automática y repetitiva, de manera que puede considerarse una ley o norma para los integrantes de la familia, pasos que son manejados en mayor grado por lo economistas para realizar los presupuestos de grandes empresas, consorcios, corporaciones o demás entes.


¿Por qué empresarial?

Porque es necesaria y hasta indispensable una estimación de los gastos e ingresos que realizara la empresa en un periodo de tiempo determinado, para poder llevar un control y guía, no solo de lo que se hace sino de lo que se debe hacer y de las metas a alcanzar a corto o largo plazo. Dentro del presupuesto general de las empresas se incluyen diversos apartados correspondientes a los supuestos específicos de las diferentes secciones como compras, producción, publicidad, ventas, entre otras.

Así que efectivamente el presupuesto es un mecanismo de resguardo y minima organización que cualquier tipo de empresa sin importar su alcance o magnitud debe realizar para de desenvolverse de una manera eficaz y eficiente.


¿Por qué Nacional?

Porque evidentemente el desenvolvimiento de los planes de desarrollo que tenga cualquier país se fundamenta en el manejo adecuado de sus recursos, y que para que esto sea factible debe hacerse con una previa planificación y mediante un instrumento con carácter de ley, un documento contable de excepcional importancia, es decir, un presupuesto equilibrado en que los gastos e ingresos del Estado durante un periodo de tiempo sea iguales, sin enajenarse de la inversiones.



Principios Presupuestarios.

Los principios que rigen el desarrollo presupuestario son extensos y aportan una gran cantidad de características que de ser aplicados en la realidad nos darían una receta mágica para el funcionamiento ideal del país, pero como no podemos dejarnos abatir por la irónica realidad, debemos tocar los principios legales que nos aporta la legislación.

Equilibrio presupuestario.
Programación.
Universalidad.
Exclusividad.
Unidad.
Acuosidad.
Periodicidad.
Flexibilidad.
Continuidad.
Claridad.
Especialización Cualitativa.
Especialización Cuantitativa.
Publicidad.


Sus enunciados son muy claros, nos inducen a lo que hacen referencia, en como debe existir igualdad, o si se quiere equilibrio entre los gastos y los ingresos del país, en la necesaria planificación para lograr su desarrollo, tomando en cuenta tanto los objetivos o directrices a seguir y los elementos necesarios para poder concretar dichos objetivos, incluyendo efectivamente los recursos humanos, en que todo aquello que sea materia de presupuesto, debe ser incluido en él.
Otro punto es el que debe existir un solo presupuesto cada función y todos los que aplican deben estar debidamente coordinados. Es evidente en que debe ser realizado para un periodo de tiempo determinado y en nuestro caso un lapso anual. Una innovación en materia presupuestaria es el Principio de Flexibilidad, donde se permite el hecho de modificar en un caso concreto los fines de la Nación para cubrir otros que en un determinado caso sea de mas importancia que el planteado inicialmente, de la misma manera se debe presentar de una manera sencilla y que sea comprensible para cualquier ciudadano que este interesado en conocer la utilización de los recursos del Estado. Al referirnos al principio de Especialización Cualitativa solo queremos decir que los recursos asignados para un objetivo en concreto solo deben ser utilizados para eso.
Como todo lo relativo a las tareas gubernamentales deben tener un carácter público ya que le compete a toda la ciudadanía y esta en su carácter de contralora debe tener conocimiento del manejo de los recursos estadales.

Es importante manifestar que la Participación ciudadana juega un papel fundamental para el real cumplimiento de los presupuestos sin importar el nivel del mismo, aunque es necesario señalar que la participación debe darse solo al momento de planificación y control del cumplimiento de los objetivos pautados pero jamás en la ejecución de los mismos.




Es oportuno señalar que el control esta íntimamente vinculado al presupuesto y a su eficaz acatamiento, ya que representa el ojo visor que supervisa, fiscaliza y constata el cumplimiento de los objetivos planteados.
Hay que tener claro que todo presupuesto esta a cargo de una persona determinada que es la responsable por su desenvolvimiento y en caso de algún error, malversación o falla esa persona debe rendir cuentas por lo ejecutado.

El presupuesto en general esta constituido por varias fases, la planificación, donde se debe tener claro a donde se quiere llegar, que objetivos se quieren cumplir y a que ritmo debe hacerse, de la misma manera se deben tomar en cuenta todos factores que influyen en ese trayecto, la materia prima, el factor humano y todo lo que implique el proceso adecuado, y por ultimo se podría señalar al control como agente de presión para que el presupuesto se lleve a cabo de la manera adecuada.

Es propio mencionar que el presupuesto es una herramienta que todas las personas en su grado, ya sea en su vida como particulares o como gobernantes o asesores deben planificar con anticipación las tareas que tienen como meta a corto o largo plazo.





Abg. Gabriella Ghiselli
C.I 16.934.363

LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL PROCESO DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO

DENTRO DE LA GESTIÓN PÚBLICA

En Venezuela, la planificación y el proceso de elaboración presupuestaria dentro de la gestión pública ha sufrido en los últimos años un proceso de transformación metodológica; antes de la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el año de 1999, la planificación se llevaba a cabo por técnicos profesionales, bajo la dirección exclusiva de las administraciones públicas, sin considerar la realidad ni la participación de las comunidades. El interés en la planificación en el sector público ha surgido con gran fuerza por muchas razones, hoy en día, la consulta pública se considera una parte del proceso que debe relacionarse con las necesidades de la comunidad y con las organizaciones responsables de la ejecución de la estrategia.

En el sector público, frecuentemente las metas son ambiguas y conflictivas, de allí que la evaluación de alternativas resulta difícil; las organizaciones públicas deben responder a los puntos de vista e intereses de las autoridades políticas y de la comunidad general.. La definición y puesta en práctica de las estrategias en el sector público requieren que el proceso de planificación sea ejecutado por un equipo formado por actores diversos. Las partes interesadas deben involucrarse por lo menos al formular las metas, al evaluar las opciones y al definir el proceso de ejecución y los instrumentos.

La aprobación de distintos instrumentos legales le han dado al proceso de planificación en el país, un carácter prioritario, pues además de ser considerado política de Estado, el mismo constituye un amplio sistema donde convergen actores que desde diversas perspectivas plantean sus ideas y priorizan sus necesidades en función de determinar las acciones a ser ejecutadas por los órganos del Estado. El Sistema Nacional de Planificación Participativa, constituye un proceso que integra la Planificación de las Políticas Públicas, activando la participación de los ciudadanos a través de un conjunto de normas, procedimientos, métodos, criterios de evaluación y contraloría social, cuya estructura está perfectamente establecida en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la Ley de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, en la Ley de los Consejo Locales de Planificación Pública, en la Ley de los Consejos Comunales, entre otros instrumentos legales.

Ahora bien, se ha definido participación como el mecanismo o proceso a través del cual los ciudadanos intervienen, individual o colectivamente, en las instancias de toma de decisiones sobre asuntos públicos que le afectan en lo político, social, educativo, ambiental, deportivo y en todos los órdenes atinentes a su espacio. Esa intervención de la ciudadanía en lo público, puede y debe darse en cualquier nivel gubernamental y en cualquiera de sus fases.

Impulsar y fortalecer el llamado Poder Popular, ha sido un elemento estratégico a la hora de lograr el apoyo de los ciudadanos a la gestión del Gobierno Bolivariano, efectivamente, llevar a conocimiento de los ciudadanos y considerar sus opiniones, facilita el cumplimiento de los objetivos de la planificación de la gestión pública, pues indudablemente esto permite tomar decisiones más acertadas, reducir la incertidumbre, dar direccionalidad y sentido a la gestión, evaluar la gestión, aumentar la eficiencia y la eficacia, promover la participación, y ante todo eliminar la improvisación, ya que los presupuestos no se discuten desde espacios cerrados, sino con propuestas viables y criterios técnicos, administrativos y legales, discutidos desde las mismas comunidades, de manera que el pueblo mismo decida sus prioridades y necesidades. Evaluar el éxito o fracaso de esta política de planificación, requiere considerar diversas circunstancias, sin embargo, aún cuando se pudieran encontrar casos donde la participación no ha tenido el efecto esperado y se continúan aplicando decisiones arbitrarias contrarias a las necesidades de las comunidades, resulta innegable el avance obtenido en esta materia, pues distinto a lo que pudiera considerarse, la participación ciudadana en el proceso de planificación de la gestión pública es un modelo de alcance mundial ya experimentado en otros países, donde ha resultado altamente exitoso.

Nos encontramos en una realidad distinta a la de hace diez años, los ciudadanos han asumido su rol protagónico, y si bien es necesario impulsar y brindar más herramientas para facilitar su inclusión, es importante igualmente tomar conciencia de este compromiso colectivo participando activamente, pues es común observar la apatía aún presente en muchos ciudadanos, que eluden esta responsabilidad y se someten a la voluntad de terceros, dejando la toma de decisiones en manos de quienes no conocen su realidad.

En el marco de ese proceso de planificación, el presupuesto público, requiere especial atención, considerando la importancia que la estimación de los ingresos y gastos tiene, para la ejecución en un corto plazo de las estrategias y acciones que permitan dar cumplimiento a objetivos claramente definidos para alcanzar paulatinamente lo previsto en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, como instrumento de planificación en el largo plazo. Establecer metas específicas para un período de un año, previendo los ingresos a obtener y los gastos en los cuales se incurrirá, requiere contar con el mayor apoyo de las comunidades, pues la distribución y uso de los fondos públicos debiera estar determinada por la voluntad de los ciudadanos. Como parte de ese proceso de participación ciudadana impulsado en Venezuela, ya se conocen experiencias de los denominados “Presupuestos Participativos”, consultas directas a los ciudadanos, quienes plantean sus prioridades en función de los ingresos estimados previamente conocidos, sin embargo, es preciso señalar, que si bien es un paso importante, no es menos cierto que la planificación y la formulación y ejecución presupuestaria, continua teniendo serias limitantes en cuanto a su efectividad, pues es una realidad que para las estimaciones presupuestarias se siguen empleando métodos basados en incrementos porcentuales sin ningún criterio de planificación confiable, es decir, aún se elaboran presupuestos tomando como base el presupuesto anterior ajustándolo sobre una base porcentual establecida.

La participación significa tomar el poder, para que la gente lo ejerza en la construcción de su propio camino, participación es presencia y acción de la ciudadanía en los niveles de planificación, decisión, ejecución y control de políticas públicas. Aquí, como en otros países y sociedades donde se entiende que no es suficiente la democracia representativa (que no es suficiente con elegir representantes que actúen en nombre del pueblo), son los mismos ciudadanos quienes se incorporan de manera directa a la atención de lo público; no obstante, los ciudadanos no dejan de elegir a funcionarios y representantes, la diferencia está en que no los dejan solos, ellos actuarán orientados y controlados por el pueblo al cual sirven. El mandante participa ahora en la planificación de lo público, en la legislación que rige, en la ejecución de las políticas y servicios, y en el control directo de la gestión, de manera que la participación en Venezuela no debe ser letra muerta, palabra para discurso, o mera utopía; debe ser fundamentalmente una garantía para el funcionamiento eficiente de las instituciones, en fin para el fortalecimiento de la democracia.

En principio, la información es fundamental para saber qué hacer y cómo hacerlo; los ciudadanos tienen que tener conocimiento sobre lo que ocurre, lo que se hace o debería hacerse y, por supuesto, sobre cuáles son los órganos de gobierno que tienen la responsabilidad de actuar, a los efectos de saber a dónde dirigirse. Un ciudadano bien informado es un mejor ciudadano, y tendrá la herramienta necesaria para ejercer su ciudadanía. El Estado, obligado como está a promover la participación ciudadana, tiene la obligación de informar bien, objetiva y oportunamente.

La participación, tal como la entendemos en Venezuela, debe ser activa, consciente, libre y responsable, así como eficaz. La participación sólo puede entenderse como un acto libre y responsable de la ciudadanía, ella es activa, porque requiere que el ciudadano se inserte en la tarea común de la conducción de lo público, conjuntamente con los funcionarios elegidos o designados. La participación es consciente, libre y responsable, porque no es movida por otros, sino por el propio ciudadano quien, con consciencia de su responsabilidad, asume su posición. Los ciudadanos no deben esperar que todo llegue solo y que otros se ocupen de hacerlo. Es bueno reconocer que no todos estamos igualmente dispuestos a participar, hay gente que nunca participa, que no le gusta o que no quiere, así como hay otros que parecieran vivir para la participación, que la buscan y la necesitan como el pez al agua. La participación es eficaz si la inserción del ciudadano en la toma de decisiones logra resultados positivos, mayor satisfacción y realización.

Todas las consideraciones expuestas, nos dan base para afirmar que definitivamente el éxito de una gestión o mejor aún, el desarrollo de un país, indudablemente dependerán de la voluntad de los ciudadanos de intervenir en los asuntos públicos, la planificación como proceso para la toma de decisiones en el sector público y la formulación y ejecución presupuestaria, requiere necesariamente involucrar a todos los sectores, la realidad planteada directamente por quienes la viven, permitirá ejecución de políticas más acertadas, ajustadas a las necesidades colectivas y no a intereses individuales, de ahí que está en los ciudadanos tomar la iniciativa, aún con algunas deficiencias y delimitaciones prácticas, ya existen herramientas y condiciones que facilitan y dan cabida a la participación ciudadana en la gestión pública, es cuestión de incorporarnos activamente, de manera de ejercer un derecho y al mismo tiempo cumplir un deber, que nos permitirá avanzar hacia un Estado donde verdaderamente los ciudadanos sean el centro del poder.

Abg. Carolina Andrade Moreno

C.I. Nº 14.328.067


YSBELYANIS RIVAS
C.I v- 15.174.910

PRESUPUESTO PUBLICO

NOCIONES GENERALES.
La planificación del desarrollo económico y social constituye una de las responsabilidades fundamentales del sector público; el sistema de planificación está constituido por diversos instrumentos, cada uno de los cuales cumple una función especifica, complementaria por los demás; y que, dentro de ellos, al Plan Anual Operativo le corresponde la concreción de los planes de largo y mediano plazo. Uno de los componentes del Plan Operativo Anual es el Presupuesto del Sector Público, a través del cual se procura la definición concreta y la materialización de los objetivos de dicho sector. La concepción moderna del presupuesto está sustentado en el carácter de integridad de la técnica financiera, ya que el presupuesto no sólo es concebido como una mera expresión financiera del plan de gobierno, sino como una expresión más amplia pues constituye un instrumento del sistema de planificación, que refleja un a política presupuestaria única.


Es importante hablar de la definición del Presupuesto Publico, antes de entrar al punto que nos interesa exponer que se refiere al presupuesto por proyecto.
El presupuesto es posiblemente el documento de mayor trascendencia para las
Administraciones Públicas. Esta importancia procede de su naturaleza plural. Por una parte es un documento jurídico que autoriza y vincula a las Administraciones para la realización de los gastos y los ingresos con los que cumplir con las funciones decididas por la sociedad, y que se pueden concretar en las tradicionalmente atribuidas al sector público (intervención en la vida económica; prestación de bienes públicos; asignación y redistribución de la riqueza). Por otra, el presupuesto constituye la técnica de gestión más potente de la que disponen las Administraciones, toda vez que proporciona una información muy valiosa para la mayor eficiencia y eficacia en el cumplimiento de esas funciones. De igual manera, constituye una garantía para los administrados, por cuanto la actividad de la Administración se dirige hacia finalidades concretas y conocidas, y está sometida a control.
Por último, el presupuesto tiene en el caso de los entes públicos, una importante significación jurídica.
Al ser el presupuesto un acto derivado del poder legislativo, adquiere forma de ley; se torna pues en un acto legislativo mediante el cual se autoriza el montante máximo de los gastos que puede realizar el ejecutivo, y las vías de financiación de los mismos, durante un periodo de tiempo determinado.
Por tanto, el presupuesto se convierte en una autorización normativa que obliga al Ejecutivo a realizar únicamente los gastos en él previstos. Ahora bien, respecto a los ingresos los mismos no tienen carácter limitativo sino que se autoriza una estimación de lo que se prevé recaudar para financiar los gastos.
En cuanto a la naturaleza jurídica de la Ley de presupuestos, la controversia acerca de si dicha ley debía considerarse ley formal (revisten forma de ley por provenir del Ejecutivo, pero no contienen verdaderas normas jurídicas) o ley material (es decir, se trata de una auténtica norma jurídica) en la actualidad ha perdido importancia, de modo que para unos es una ley ordinaria y para otros una ley ordinaria con un procedimiento legislativo específico de tramitación.
A este respecto debe señalarse que el Presupuesto tiene la consideración plena de Ley si bien con ciertas peculiaridades; más aún, disfruta de reserva absoluta de ley, por lo que en este campo no cabría el decreto-ley, ni siquiera el decreto legislativo.

Tras abordar el concepto de presupuesto, así como sus aspectos fundamentales pasaremos a continuación a examinar los principios presupuestarios.

PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS.
Con la expresión “principios presupuestarios” nos estamos refiriendo a una serie de reglas que resumen la disciplina de la institución presupuestaria y cuyo respeto asegura el cumplimiento de la finalidad básica de dicha institución: permitir el control parlamentario del proceso de asignación de los recursos públicos así como la correspondencia entre dicha asignación y su ejecución.
Las clasificaciones tradicionales de los principios que rigen los presupuestos municipales distinguen entre principios políticos, contables y económicos.
Estos principios están encaminados a conseguir el máximo control del ejecutivo. De este modo, para controlar la autorización presupuestaria del Legislativo al Ejecutivo, las normas constitucionales establecen una serie de principios que deben informar el proceso presupuestario.
La formulación y ejecución del presupuesto debe estar fundamentado en los siguientes principios:

· Programación: Se desprende de la propia naturaleza del presupuesto y sostiene que éste -el presupuesto- debe tener el contenido y la forma de la programación.
Contenido: establece que deben estar todos los elementos que permitan la definición y la adopción de los objetivos prioritarios. El grado de aplicación no está dado por ninguno de los extremos, pues no existe un presupuesto que carezca completamente de una base programática, así como tampoco existe uno en el que se hubiese conseguido la total aplicación de la técnica.
Forma: en cuanto a la forma, con él deben explicitarse todo los elementos de la programación, es decir, se deben señalar los objetivos adoptados, las acciones necesarias a efectuarse para lograr esos objetivos; los recursos humanos, materiales y servicios de terceros que demanden esas acciones así como los recursos monetarios necesarios que demanden esos recursos. Respecto de la forma mediante este principio se sostiene que deben contemplarse todos los elementos que integran el concepto de programación. Es decir, que deben expresarse claramente los objetivos concretos adoptados, el conjunto de acciones necesarias para alcanzar dichos objetivos, los recursos humanos, materiales y otros servicios que demanden dichas acciones y para cuya movilización se requieren determinados recursos monetarios, aspecto este último que determina los créditos presupuestarios necesarios.
· Equilibrio Presupuestario: este principio se refiere esencialmente al aspecto financiero del presupuesto aún cuando éste depende en último término de los objetivos que se adopten; de la técnica que se utilice en la combinación de factores para la producción de los bienes y servicios de origen estatal; de las políticas de salarios y de precios y en consecuencia, también del grado de estabilidad de la economía. La regla de oro de la hacienda clásica, el cual se basa en que deben coincidir los ingresos y los gastos públicos del presupuesto. Tiene por objeto limitar la participación pública en el mercado, pues ello ocasionaría una intromisión en la economía privada y una disminución de la riqueza y capacidad económica de los ciudadanos.
· Universalidad: dentro de este postulado se sustenta la necesidad de que aquello que constituye materia del presupuesto debe ser incorporado en él. Naturalmente que la amplitud de este principio depende del concepto que se tenga de presupuesto. Si este sólo fuera la expresión financiera del programa de gobierno, no cabría la inclusión de los elementos en términos físicos, con lo cual la programación quedaría truncada. En la concepción tradicional se consideraba que este principio podía exponerse cabalmente bajo la "prohibición" de la existencia de fondos extrapresupuestarios.
Los presupuestos deberán incluir la totalidad de los ingresos y gastos públicos sin minoraciones. En consecuencia, el Ejecutivo únicamente podrá gastar los importes contenidos en el presupuesto. Los ingresos tienen, no obstante, carácter estimativo y no vinculan al Gobierno en su cuantía. Esto significa que todos los ingresos previstos y gastos que vayan a ser reconocidos durante el ejercicio han de figurar en el presupuesto, sin que pueda existir previa compensación entre ellos. Su la finalidad es obtener una información completa y global de toda la actividad económica del municipio para, a partir de ella, controlar la actividad de los gobernantes y de la administración por parte de los ciudadanos, impidiendo simulaciones en relación al volumen del gasto público y de su eficacia.
· Exclusividad: en cierto modo este principio complementa y precisa el postulado de la universalidad, exigiendo que no se incluyan en la ley anual de presupuesto asuntos que no sean inherentes a esta materia. Ambos principios tratan de precisar los límites y preservar la claridad del presupuesto, así como de otros instrumentos jurídicos respetando el ámbito de otras ciencias o técnicas. No obstante, de que en la mayoría de los países existe legislación expresa sobre el principio de exclusividad, en los hechos no siempre se cumplen dichas disposiciones legales.
· Integralidad: en la actualidad, la característica esencial del método de presupuesto por programas, está dado por la integralidad en su concepción y en su aplicación en los hechos. El presupuesto no sería realmente programático si no cumple con las condiciones que imponen los cuatro enfoques de la integralidad. Es decir, que el presupuesto debe ser:
*Un instrumento del sistema de planificación;
*El reflejo de una política presupuestaria única;
*Un proceso debidamente vertebrado; y

*Un instrumento en el que debe aparecer todos los elementos de la programación.
· Unidad: este principio se refiere a la obligatoriedad de que los presupuesto de todas las instituciones del sector público sean elaborados, aprobados, ejecutados y evaluados con plena sujeción a la política presupuestaria única definida y adoptada por la autoridad competente, de acuerdo con la ley, basándose en un solo método y expresándose uniformemente. En otras palabras, es indispensable que el presupuesto de cada entidad se ajuste al principio de unidad, en su contenido, en sus métodos y en su expresión. Es menester que sus políticas de financiamiento, funcionamiento y capitalización sean totalmente complementarias entre sí. Todos los ingresos y gastos públicos se incluirán en un solo presupuesto, prohibiendo la existencia de presupuestos extraordinarios y especiales. Es una consecuencia del principio de universalidad y tiene por objeto facilitar al Legislativo el ejercicio del control presupuestario. El "Estado de consolidación" es el documento en el cual se recogerán todos los gastos e ingresos imputables directa e indirectamente al Ente , reflejando unitariamente su actividad económica.
· Acuosidad: para el cumplimiento de esta norma es imprescindible la presencia de las siguientes condiciones básicas en las diversas etapas del proceso presupuestario:
* Profundidad, sistema y organicidad en la labor técnica, en la toma de decisiones, en la realización de acciones y en la formación y presentación del juicio sobre unas y otras, y
* Sinceridad, honestidad y precisión en la adopción de los objetivos y fijación de los correspondientes medios; en el proceso de su concreción o utilización; y en la evaluación de nivel del cumplimiento de los fines, del grado de racionalidad en la aplicación de los medios y de las causas de posibles desviaciones.
En otras palabras, este principio implica que se debe tender a la fijación de objetivos posibles de alcanzar, altamente complementarios entre sí y que tengan la más alta prioridad.
· Peridiciosidad: este principio tiene su fundamento, por un lado, en la característica dinámica de la acción estatal y de la realidad global del país, y, por otra parte, en la misma naturaleza del presupuesto. A través de este principio se procura la armonización de dos posiciones extremas, adoptando un período presupuestario que no sea tan amplio que imposibilite la previsión con cierto grado de minuciosidad, ni tan breve que impida la realización de las correspondientes tareas.
La solución adoptada, en la mayoría de los países es la de considerar al período presupuestario de duración anual. La autorización del presupuesto, ha de tener una vigencia determinada, el denominado ejercicio presupuestario, que en la mayoría de los países coincide con el año natural y transcurrido el cual perderá su valor, salvo que se prorroguen. Como excepción a este principio y por la naturaleza de determinados créditos se prevé la plurianualidad para alguna clase de gastos (ejemplo: las inversiones), o el pago de obligaciones de ejercicios anteriores con cargo al presupuesto corriente.
· Flexibilidad: a través de este principio se sustenta que el presupuesto no adolezca de rigideces que le impidan constituirse en un eficaz instrumento de: Administración, Gobierno y Planificación.
Para lograr la flexibilidad en la ejecución del presupuesto, es necesario remover los factores que obstaculizan una fluida realización de esta etapa presupuestaria, dotando a los niveles administrativos, del poder suficiente para modificar los medios en provecho de los fines prioritarios del Estado.
Según este principio es necesario sino eliminar, por lo menos restringir al máximo los llamados "Recursos Afectados" es decir, las asignaciones con destino específico prefijado.
En resumen, la flexibilidad tiende al cumplimiento esencial del presupuesto, aunque para ello deban modificarse sus detalles.
· Continuidad: se podría pensar que al sostener la vigencia del principio de periocidad se estuviera preconizando verdaderos cortes en el tiempo, de tal suerte que cada presupuesto no tiene relación con los que le antecedieron, ni con los venideros. De ahí que es necesario conjugar la anualidad con la continuidad, por supuesto que con plenos caracteres dinámicos.
Esta norma postula que todas la etapas década ejercicio presupuestario deben apoyarse en los resultados de ejercicios anteriores y tomar, en cuenta las expectativas de ejercicios futuros.
· Claridad: este principio tiene importancia para la eficiencia del presupuesto como instrumento de gobierno, administración y ejecución de los planes de desarrollo socio-económicos. Es esencialmente de carácter formal; si los documentos presupuestarios se expresan de manera ordenada y clara, todas las etapas del proceso pueden ser llevadas a cabo con mayor eficacia.
· Especialidad: El Ejecutivo al aprobar los presupuestos elige una serie de alternativas y los recursos precisos para financiarlas. Incluye las denominadas especialidades presupuestarias con una triple acepción: para un determinado destino (cualitativa); por un determinado importe (cuantitativa) y para un período de tiempo determinado (temporal).
Especialidad cuantitativa. Este principio supone que no puede gastarse mayor cantidad de fondos para una finalidad que aquella que haya sido aprobada.
Especialidad cualitativa. De acuerdo con este principio, los créditos para gastos se destinarán exclusivamente a la finalidad específica para la cual hayan sido autorizados en el Presupuesto o por sus modificaciones (transferencias de créditos...) debidamente aprobadas.
Especialidad temporal. Lleva consigo que los créditos presupuestarios aprobados han de ser ejecutados a lo largo del ejercicio presupuestario, el cual determina su vigencia.

· Publicidad: Los ciudadanos deben tener conocimiento sobre el destino de los recursos que se financian con los tributos que pagan. La publicidad no sólo debe producirse durante el debate de aprobación y con la publicación de la presupuesto aprobado, sino también a lo largo de su gestión. El principio de publicidad del presupuesto se presenta como una garantía del administrado en cuanto exige que las diversas fases del ciclo presupuestario sean públicas, de forma que el ciudadano pueda informarse sobre las decisiones y conductas de sus representantes acerca de la actividad económica. Mediante la publicidad del Presupuesto se permite que los interesados tengan conocimiento de los gastos que se van a acometer en un ejercicio presupuestario y de los recursos disponibles para los mismos.

PRESUPUESTO POR PROGRAMAS.
Los presupuestos son indispensables para la planeación, ya que por medio de ellos se proporciona en forma cuantificada, los elementos que la empresa necesita para el cumplimiento de sus objetivos y determinar de mejor forma la utilización de recursos, así como controlar las actividades.
El trabajo está enfocado al presupuesto por programas y actividades, y se puede definir en pocas palabras como los medios que se van a utilizar para el cumplimiento de dichas funciones.
Un presupuesto por programas debe de contener: Los objetivos, las actividades a desempeñar, así como establecer la cantidad de dinero que se tiene que ocupar para una función específica.
El presupuesto por programas es una herramienta que se utiliza en el sector público, ya que le permite al gobierno, llevar a cabo una planeación, organización, coordinación, dirección y control y es también un instrumento que sirve para tomar decisiones. Cabe recalcar que este también puede ser utilizado por el sector privado.
Al llevar a cabo un presupuesto por programas, se tiene un mejor control y evaluación de cada una de sus partes, y nos permite tener una eficiente racionalización del gasto público.
Este trabajo se enfoca al tema de presupuestos por programas y actividades, la cual abarca desde su origen las ventajas y desventajas de hacer un presupuesto en cualquier entidad.
El Presupuesto por Programas: aparece para dar respuesta a las contradicciones implícitas en el Presupuesto Tradicional y en especial para que el Estado y las instituciones que lo integran dispongan de un instrumento programático que vincule la producción de los bienes y servicios a alcanzar con los objetivos y metas previstas en los planes de desarrollo.
El presupuesto por programas persigue tres objetivos:
- Hacer las cosas mejor.
- Con mayor rapidez.
- Con menor coste.
Ésta presenta el gasto público desagregado en función de los sectores económicos y sociales, donde el mismo tiene su efecto. Persigue facilitar la coordinación entre los planes de desarrollo y el presupuesto gubernamental.
Constituye un proceso integrado de gestión, en el que se analiza la actividad
administrativa en su totalidad, asignándose los recursos entre programas alternativos.
Se caracteriza en que se integra la presupuestación, la programación y la planificación económica, configurándose el presupuesto como la secuencia anual del plan concretado en programas.
El presupuesto por programas se centra en la planificación estratégica del presupuesto, y su propósito final consiste en contribuir a la racionalización de las elecciones del sector público mediante la utilización de técnicas de análisis económico. Es más complejo, ya que no sólo exige una cuidadosa identificación de los objetivos perseguidos, sino además la elaboración de las diferentes alternativas existentes para alcanzarlos y una cuantificación económica de cada una de ellas.

Asimismo, se unen los procesos de elección política y presupuestación, configurando el presupuesto como un instrumento para planificar la política y mejorar la asignación de los recursos. El Presupuesto por programas se desliga de la concepción tradicional del concepto presupuestario. Podemos afirmar que la adopción de este tipo de presupuestación supone la aceptación de unos elementos fundamentales, como los que se indican seguidamente:
a) Los objetivos de gasto. Cada programa es la ordenación de medios de que
disponen los centros gestores en orden a la consecución de sus objetivos.
b) Los programas. Son combinaciones de medios identificables orientados al logro de un determinado objetivo a alcanzar por un centro de gestión.
c) Los indicadores. Son elementos referidos a los objetivos de los programas
presupuestarios que proporcionan informaciones cuantificables. Poseen carácter descriptivo y valorativo.
d) Seguimiento, control y evaluación de los resultados de la gestión. En un sistema de Presupuesto por programas es imprescindible el establecimiento de algún tipo de control referido a la ejecución de los programas y sus resultados finales.
El Presupuesto por programas debe convertirse en un instrumento para la mejora de las fases del ciclo presupuestario:
* En la elaboración, mediante la preparación por el responsable de cada programa de soluciones alternativas en programas plurianuales para cada campo de actividad.
* En la aprobación, presentando la actividad del Estado al Ejecutivo y a los ciudadanos, de modo que puedan conocerse los metas u objetivos a alcanzar y los medios asignados para su consecución.
* En la ejecución, responsabilizando a los gestores de la consecución de los objetivos programados, medibles a través del establecimiento de indicadores de resultados.
* En el control, evaluando su nivel de eficacia y de eficiencia y efectuando las oportunas correcciones de las desviaciones observadas.

El proceso presupuestario por programas se desarrolla siguiendo su ciclo, a través de las siguientes fases sucesivas e integradas. Las tres primeras previas a su ejecución y la última simultánea o posterior:
1ª. Planificación.
2ª. Programación.
3ª. Presupuestación.
4ª. Ejecución.
5ª. Control.
La planificación persigue la búsqueda de un futuro deseado y con tal fin, previo análisis de las alternativas posibles, establece los medios precisos para conseguirlo. El proceso planificador debe ser integral incluyendo a toda la organización, aunque puede desarrollarse en un ámbito temporal o material diferente.
Los resultados alcanzados y la información obtenida, deben servir para mejorar los futuros planes y rectificar en su caso los objetivos, estrategias o acciones.
La programación que es la principal fase, tiene por objeto el establecimiento de los programas de gasto a ejecutar. Determinados los programas.
se asignan los recursos presupuestarios precisos para financiar durante el correspondiente ejercicio presupuestario los medios personales, materiales y financieros necesarios para alcanzar los objetivos programados en dicho período.

Las tres primeras fases, se distinguen por su duración: a largo plazo; a medio plazo y anual. Asimismo, se diferencian por el grado de concreción y duración de sus objetivos: generales o políticos; sectoriales y específicos.

Durante su vigencia se procede a gestionar el presupuesto (ejecución) aprobado, con el fin de alcanzar a través de los medios asignados las metas u objetivos previstos.

El ciclo se cierra con el control y evaluación de las metas u objetivos alcanzados, el cual conforme se ha señalado, sirve para la retroalimentación del sistema, ayudando en base a lo conseguido y sus circunstancias de ejecución a asignar los recursos en los ejercicios futuros.

Por último nos referiremos a la evaluación de los programas; por su naturaleza, ya expuesta anteriormente, el presupuesto por programas es una técnica destinada a asignar los recursos entre fines competitivos por lo que la evaluación se erige como elemento clave e imprescindible.
En conclusión, se puede señalar que el presupuesto por programas, es un nuevo concepto de aplicación de la técnica presupuestal y aunque los resultados obtenidos con su implantación, son más objetivos en los organismos gubernamentales, empresas descentralizadas, entidades estatales, etc. no deja de estar dentro de las entidades privadas.
Por lo que su uso no está limitado, ya que se puede adoptar a cualquier tipo de negocio.
Un presupuesto que utiliza el gobierno se maneja de la siguiente manera: primero plantean cuales son las necesidades o gastos que va a haber en un periodo o tiempo determinado y después investigan como pueden solventar sus gastos y de hecho un presupuesto es eso, ahora, solamente que mediante números o cifras se va a guiar al dirigente de un ente, entendiéndose como ente en este caso a una empresa ya sea pública o privada.

PRESUPUESTO PARTICIPATIVO


PLANIFICACION Y PRESUPUESTO
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO


El trabajo que se expone a continuación se refiere a la participación de los ciudadanos en la elaboración del presupuesto municipal como un medio para alcanzar mayor desarrollo a nivel local, ejecutando los proyectos que nacen de las necesidades y propuestas de la comunidad. Se planteará la importancia de la participación y las inquietudes que surgen con respecto a ella, considerando la polarización política imperante en el país y el conjunto de leyes promulgadas recientemente.
Siempre hemos oído decir que el ser humano es un ser social, quiere decir, que no podemos vivir solos. Desde que nacemos dependemos de otros para sobrevivir y sobre esas primeras relaciones vamos construyendo otras a lo largo de nuestra vida y nos incorporamos de esta manera a la sociedad, aprendemos a convivir con los demás, nos adaptamos e integramos de acuerdo a los valores imperantes y las normas socialmente aceptadas por el grupo al que pertenecemos. Tradicionalmente y por muchos años, las personas vivían de manera bastante conformista con la vida que le tocaba vivir, pensando que poco se podía hacer `para cambiar las cosas, sin embargo, las comunidades no son estáticas, las circunstancias van cambiando y se hace necesario reflexionar sobre el rol que podríamos tener cada uno de nosotros en el ámbito social donde nos desenvolvemos; podríamos vernos como participantes activos y transformadores de nuestro entorno social o como meros espectadores de lo que otros decidan acerca de nosotros.
Si optamos por la primera de las alternativas, seguramente nos daremos cuenta de las cosas que requieren ser cambiadas para vivir mejor y que otros, a nuestro alrededor, también se encuentran afectados por los mismos problemas, por tanto, se hace necesario asumir la responsabilidad individual y colectiva que nos corresponde frente a nuestra realidad social, es el momento de unir fuerzas para mejorar las condiciones de vida en beneficio de todos.
Para lograr avanzar en esta dirección es indispensable organizarse en grupos sociales movidos por intereses que sean comunes a todos. En la actualidad, nuestro ordenamiento jurídico plantea reiteradamente la importancia de la participación ciudadana desde el ámbito micro local hasta el ámbito municipal a través de instancias como los Consejos Comunales, Parroquiales y los Consejos Locales de Planificación Pública en consonancia con las nuevas tendencias mundiales en cuanto a políticas públicas se refiere y que colocan como centro del trabajo la preocupación por los ciudadanos, y quien mejor que la propia gente para decir lo que necesitan, lo que los afecta y cuales son sus aspiraciones.
El presupuesto participativo contemplado en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal como uno de los medios de participación en la gestión local es un valiosísimo mecanismo para todos los que creen que es posible cambiar la realidad social en que viven y que están dispuestos a asumir un rol más activo discutiendo y decidiendo con los representantes oficiales de la localidad acerca de los aspectos prioritarios en que se deben invertir los recursos municipales.
Esto implica, por supuesto, establecer el procedimiento para que la población tenga la oportunidad de involucrarse para lo cual existe una metodología y normas que deben cumplir las alcaldías para tal fin, sin embargo, creo que eso sólo no es suficiente. Existen una serie de variables más subjetivas, psicológicas y motivacionales que deben ser tomadas en cuenta y que estoy segura influyen en el grado de participación.
Pasaré a realizar algunas reflexiones al respecto:
Hablar de participación es hablar de apertura, por parte de la organización que la quiere practicar, hacia la sociedad. Es necesaria una actitud de “verdadera apertura” hacia todos los sectores de la sociedad, una disposición de oír a todos con sensibilidad para captar sus preocupaciones y sufrimientos, colocando al margen intereses partidistas o ideológicos que siempre conducen a la exclusión de quienes no son del color de turno.
Para favorecer la participación, los facilitadores y técnicos de las alcaldías que interactúan con los miembros de las comunidades en el diagnóstico participativo para la elaboración del presupuesto de inversión del municipio, deben convertirse en auténticos motivadores, es importante que se acerquen a las comunidades con profundo respeto, humildad y con verdadera vocación de servicio, evitando actitudes de prepotencia y suficiencia técnica que colocan una barrera para la comunicación efectiva.
Los Consejos Comunales, uno de los principales centros de participación del pueblo y que están llamados a impulsar el diagnóstico y el presupuesto participativo, están excesivamente politizados hablando en sentido político partidista. De acuerdo a la Ley de los Consejos Comunales, éstos deben registrarse ante la Comisión Local Presidencial del Poder Popular, la cual a su vez depende de la Comisión Nacional Presidencial y que entre sus funciones tiene la orientación y coordinación de los mismos y la tramitación de los recursos técnicos y financieros para la ejecución de proyectos. Esto plantea el problema que si los Consejos Comunales no tienen una orientación oficialista, no tienen vida, y por tanto, se limita la participación ciudadana, la gente se desmotiva ante la imposibilidad de ver satisfechas sus necesidades; basta ver los monumentales actos presidenciales para entregarles recursos, gritando consignas partidistas y todos vestidos de rojo para darnos cuenta la realidad. Muy elocuentes han resultado las palabras del Presidente de la República durante la presente campaña electoral cuando dice que no va a enviar dinero a los gobernadores opositores que ganen elecciones, ese mismo mensaje lo podemos extrapolar a los municipios y a los consejos comunales.
Otro aspecto importante que va en detrimento de la participación es la evidente intención del gobierno de cercenar el proceso de descentralización, consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del 99 e imponer, en total contradicción con ella, una estructura centralizada.
El Consejo Federal de gobierno como órgano interterritorial que en esencia constituía el enlace de los tres niveles territoriales del poder público, nunca ha funcionado y forma parte del Sistema de Planificación del país conjuntamente con los Consejos Estadales y los Consejos Locales de Planificación Pública. Por tanto, podríamos pensar que la planificación estratégica, de abajo hacia arriba, desde las comunidades hasta el nivel central, no se cumple y que el Plan de Desarrollo Económico y Social tampoco incorpora elementos que provengan de las comunidades, convirtiéndose en un instrumento con objetivos ideológicos más que de desarrollo.
Además, el ya vigente Decreto con rango, valor y fuerza de ley orgánica de creación de la Comisión Central de Planificación, órgano que tendrá la atribución de establecer lineamientos, políticas y planes en concordancia con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación es otro elemento centralizador que no favorece ni la planificación estratégica, ni participativa, ni corresponsable a pesar que así lo quiere hacer ver en la exposición de motivos, pues desde mi óptica, sólo puedo visualizar la participación, tomada de la mano de la descentralización. Una planificación centralizada, elaborada por especialistas en la materia pero alejados totalmente de las comunidades, difícilmente tomará en cuenta sus necesidades particulares y específicas, su objetivo es el establecimiento de un modelo de Estado socialista que limita la autonomía y hacia allá van dirigidos todos los esfuerzos.
Por supuesto que a nivel municipal los ciudadanos pueden intervenir en la formulación de planes y en la inversión de los recursos a través del presupuesto participativo que en esencia busca descentralizar las decisiones presupuestarias, alejándolas de los técnicos y los políticos, pero aun así, creo que con la ley mencionada, los municipios se van a ver limitados y encasillados dentro del plan nacional pues claramente, en la exposición de motivos dice que “los lineamientos estratégicos, políticas y planes y su naturaleza nacional, orientarán las actuaciones de los estados y los municipios”, indicándonos claramente cual es el espíritu de la ley.
Para concluir, la participación ciudadana en el diagnóstico de sus necesidades, en la toma de decisiones y en la elaboración y ejecución del presupuesto de inversión municipal es un símbolo indiscutible de auténtica democracia, de modernización en cuanto a las nuevas políticas públicas a nivel mundial, sin embargo, existen una serie de amenazas para su implementación real y efectiva como las que hemos expuesto en este artículo y que en gran medida tienen que ver con la orientación del gobierno, la polarización política imperante y la falta de congruencia entre las nuevas leyes y nuestra Carta Magna. Tendremos que esperar como continúan las cosas ante estas inconsistencias. En lo personal creo que la palabra participación es usada de manera demagógica y que el único que “participa, piensa y decide por el bien de todos” es el presidente.

Marianella Bez Oliver
Especialización en Derecho Administrativo.

LA PLANIFICACIÓN Y EL PRESUPUESTO EN EL SECTOR PÚBLICO VENEZOLANO

Es necesario, en este planteamiento hacer referencia a la voluntad del Estado de aplicar la Planificación Estratégica y Democracia Participativa según lo dispuesto en nuestra carta Magna en su artículo 299, que reza textualmente: “El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democratización, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para garantizar una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta.”

Esta disposición constitucional exige al Estado la búsqueda de iniciativas privadas a la práctica de la planificación estratégica referente a la Democracia y a la participación. Si bien es cierto la Ley Orgánica de Planificación en su artículo 58 dispone: “Se entiende por participación social, el derecho que tienen los sectores sociales de estar debidamente informados, de elaborar propuestas, de identificar prioridades y de recomendar formas de participación que incidan en la construcción, viabilidad y perfectibilidad de la planificación”.

En este sentido pudiéramos hablar de una planificación operacional, que puede ser de corto o mediano plazo, para varios objetivos o para una sola actividad, estableciéndonos claramente lo que vamos a hacer, el orden en que lo haremos, las responsabilidades que cada uno tendremos, los recursos que necesitaremos para hacerlo y el tiempo en que debemos cumplirlo.

Para esto es necesario hacernos las siguientes preguntas:
¿Qué se va a hacer?
¿Por qué se hará?
¿Cuándo se hará cada actividad y en qué orden? Y
¿Con qué recursos humanos y materiales se realizará?

En esta planificación tendremos como referencia un objetivo general del que se disgregarán aquellos objetivos específicos que nos permitan lograr la meta planteada en el objetivo general, en el sector público encontraremos la planificación a corto, mediano y largo plazo, a través de instrumentos en los que mencionaremos los Planes Operativos Anuales (POA), estos planes son a corto plazo los cuales deben lograrse en un lapso de un año, los de mediano plazo aquellos que se ejecutaran en un tiempo no mayor a 6 años, llamado Plan Nacional de Desarrollo y finalmente los planes a largo plazo que son aquellos que requieren para su logro un tiempo mayor a 6 años, los hoy llamados Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación. La Planificación debe contemplar escenarios para ámbitos nacionales, regionales, estadales, municipales y locales.

La relación entre el presupuesto y la planificación según Villegas (1992: 789) lo define señalando que “...el presupuesto es un acto de gobierno mediante el cual se prevén los ingresos y gastos estatales y se autorizan estos últimos para un período futuro determinado, que generalmente es de un año”. Es decir, el presupuesto constituye un instrumento (materializado en un documento) que refleja la autorización de los montos de gasto público que serán ejecutados en un año, y la estimación de los ingresos que se recaudarán para cubrir tales montos.

La estimación de los ingresos y gastos reflejados en el presupuesto obedece a una política de gobierno, no son montos que surgen sin razón de ser, persiguen el logro de un conjunto de finalidades. De allí la relación entre planificación y presupuesto, ya que mediante la planificación los órganos del Estado definen sus objetivos, políticas y acciones para un período determinado, y el presupuesto sirve como instrumento a este proceso de planificación al estimar los montos que serán necesarios ejecutar para llevar esas acciones a la práctica, y programar la obtención de los recursos necesarios. Mientras más estrecha sea esta relación entre planificación y formulación presupuestaria, mayor será la probabilidad de que un gobierno logre los objetivos deseados.

De la naturaleza jurídica del presupuesto se infiere que solo pueden ser ejecutados aquellos gastos que han sido incluidos en la ley presupuestaria, por el concepto y monto que en ella se señala. Aquellos gastos que no se encuentren contemplados en esta ley no pueden ser erogados del Tesoro, a menos que sean autorizados por el Poder Legislativo como una adición al presupuesto inicial; estas adiciones al presupuesto se conocen comúnmente con el nombre de créditos adicionales, y pueden ser solicitadas por el Poder Ejecutivo mientras se ejecuta el presupuesto ya aprobado, justificando su necesidad e indicando de donde provendrán los recursos necesarios para financiarlos.

Para el logro de los objetivos y metas planteados es necesario contar con un presupuesto que nos permita alcanzar lo planificado, de esta manera comenzaríamos hablando del presupuesto público venezolano, una vez que los órganos de gobierno del Estado logran planificar objetivos (a corto, mediano y largo plazo) y diseñar estrategias y acciones para lograrlos, es necesario obtener los recursos que permitirán llevar a cabo lo planificado. En el corto plazo, generalmente un año, se planifican financieramente las acciones a ejecutar (gasto) y los ingresos permitirán su ejecución a través del presupuesto. Con respecto a este tema la Asociación Venezolana de Presupuesto Público señala que la necesidad de proporcionar reformas en la estructura de la administración pública, surgió de igual modo, el imperativo de introducir reformas en la estructura de sistema presupuestario, por cuento el apego a las formas tradicionales de formulación y ejecución del presupuesto en función a las “cosas que un gobierno adquiere”, debía dar paso a un presupuesto moderno que hiciese énfasis en los resultados en términos de objetivos por alcanzar. Por consiguiente, el establecimiento de un sistema de presupuestos por programas y actividades supone una transformación progresiva de la organización financiera, comenzando por las oficinas encargadas de la formulación del presupuesto. Entonces se pudiera decir que el presupuesto debe ser planificado como parte del proceso general de programación del desarrollo económico de la nación. El proceso presupuestario está determinado por el diagnóstico de la situación socio-económica nacional y por aspectos coyunturales no siempre previsibles en los planes. Es decir, el presupuesto tiende a ser (o debería ser) el aspecto central en la presentación e instrumentación de la política económica de cualquier gobierno. La programación presupuestaria, orientada por la planificación de mediano plazo o la operativa anual, debería sustituir el régimen de improvisaciones en la formulación de los presupuestos.

Es importante señalar que todos los presupuestos son planes, pero no todos los planes son presupuestos. El interés del presupuesto reside en el contenido del plan operativo anual, de los programas que se van a incluir y de los recursos (financieros, humanos y materiales) que son necesarios para poner en práctica los programas. Esto luce muy bien en el plano teórico, pero la realidad ha demostrado que los presupuestos del gobierno central y la administración descentralizada del país siempre han estado de espaldas de los llamados planes nacionales de desarrollo.

Actualmente hablamos del Presupuesto por Proyectos el cual es un instrumento para asignar y distribuir los recursos públicos a través de proyectos, a los entes u organismos nacionales, estadales y municipales en función de las políticas y objetivos estratégicos de la Nación, expresados en los respectivos Planes Anuales; además coordinar, controlar y evaluar su ejecución.

Su basamento legal lo encontramos en el Artículo 2 del Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público: Sobre el sistema presupuestario, que establece: “Los órganos y entes sujetos a la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, formularán y aplicarán la técnica de elaboración del presupuesto por Proyectos y Acciones Centralizadas, entendidas estas como las categorías presupuestarias de mayor nivel y por acciones especificas como categorías de menor nivel. Esta técnica se aplicará en las restantes etapas o fases del proceso presupuestario, de conformidad con las instrucciones que al efecto dicte la Oficina Nacional de Presupuesto, la cual podrá crear de oficio o autorizar a solicitud de los órganos o entes, categorías presupuestarias equivalentes a las señaladas en este artículo.”

El Presupuesto por Proyecto proporciona una mejor y mayor vinculación Plan–Presupuesto:
• Simplifica la estructura presupuestaria.
• Permite visualizar y analizar las variables requeridas para la toma de decisión en todas las etapas del proceso presupuestario.
• Facilita la gestión pública en función de las políticas y objetivos estratégicos de la Nación.
• Permite una mejor evaluación y control del presupuesto.
• Concibe al proyecto como el punto focal del proceso presupuestario a fin de satisfacer las necesidades de la colectividad.

La concepción de contar con instrumentos orientadores y de operación plantea la demanda de un nuevo tipo de gobierno, de empresa privada, de instituciones y de sociedad civil y sin duda de un nuevo individuo con una conciencia diferente. En este sentido es lógico el apresuramiento para encontrar las formulas mágicas adecuadas para que tales requerimientos se cumplan.
Lógicamente que en una economía tan vulnerable como la nuestra, se producen efectos en la economía que se cuantifican con algunas variables macroeconómicas, tales como:
· La demanda efectiva pública y la demanda agregada interna de origen fiscal, para cuantificar el efecto del presupuesto sobre la demanda de la economía.
· El gasto interno neto, permite determinar el gasto público financiado con recursos externos.
· El producto interno bruto del sector público, como valor agregado a la producción de los respectivos niveles institucionales e instrumento de medida de los efectos de la actividad productiva pública.

Si bien es cierto todo esto, también podemos decir que el conocimiento de estos contenidos es todavía inicial, hay por delante un arduo camino de investigación y de generación de información capaz de servir de apoyo a la nueva planificación.

Shirley Corina Torres Bernal
CI. N° 13.967.517

ENSAYO SOBRE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO

Para abordar el asunto indicado en el epígrafe, he decidido para simplificar la cuestión, tratar el tema separando, inicialmente, la planificación y el presupuesto, para finalmente establecer las relaciones que existen entre estas dos herramientas.

LA PLANIFICACION

Primeramente, es conveniente buscar alguna información básica referida al significado del término planificar, con el objeto de ubicarnos en términos generales en el asunto a tratar. Para ello recurriremos a un diccionario español básico, que en este caso es el servicio que recientemente ha empezado a ofrecer la compañía telefónica MOVILNET, a través de la mensajería de texto (28722). En el mencionado diccionario se expresa que planificar es: “Acción y resultado de planificar. Plan general, científicamente organizado y frecuentemente de gran amplitud, para obtener un objetivo determinado.” Como se puede apreciar la información aportada por el diccionario seleccionado, en este caso, nos orienta a pensar en términos generales que planificar es el proceso que se sigue para determinar en forma exacta lo que estimamos conveniente y oportuno hacer para alcanzar uno(s) determinado(s) objetivo(s): En atención a lo anteriormente expresad, podemos señalar que todas nuestras actividades cotidianas están sometidas a un proceso de planificación, que aun cuando no se formula de manera rigurosa y científica, nos permite organizar adecuadamente nuestras actividades habituales para lograr objetivos personales. Complementariamente podemos decir que la actividad humana esta regida por la planificación desde sus formas mas simples hasta las mas complejas y que además esta herramienta es útil para los individuos o personas naturales y para las personas jurídicas.

Entrando en el ámbito que más nos interesa en este ensayo, que es el referido a las personas jurídicas, hay que aclarar que estas en sentido estricto (stricto sensu), son llamadas también colectivas, morales, complejas o abstractas y ellas aun cuando no son personas o individuos de la especie humana, también se valen de la planificación para alcanzar sus objetivos.

Las personas jurídicas stricto sensu, se encuentran divididas en personas jurídicas de derecho público y personas jurídicas de derecho privado y entre los personas jurídicas de carácter público, se encuentran según el contenido del artículo 19, ordinales 1 y 2 del Código Civil: la Nación y las entidades políticas que la componen, y las iglesias de cualquier credo que sean, las universidades, y en general todos los seres o cuerpos morales de carácter público, como por ejemplo los institutos autónomos.

En el caso de las personas jurídicas de derecho público, existe un conjunto de instrumentos de carácter legal que regulan las actuaciones de los distintos órganos y entes de carácter público, a fin de conjugar sus acciones y lograr que estas de manera orgánica se orienten a alcanzar un determinado objetivo. En orden jerárquico podemos señalar que la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, el proyecto Simón Bolívar (Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007 -2013), la Ley Orgánica de Planificación, el Decreto con fuerza de Ley de creación de la Comisión Central de Planificación, la Ley Orgánica de la Administración Publica y el Decreto sobre la Organización y Funcionamiento de la Administración Publica Nacional, entre otros textos jurídicos, regulan el proceso de formulación, ejecución y seguimiento de los planes nacionales. Estos Planes Nacionales son instrumentos a través de los cuales el Estado Venezolano, formulando una serie de políticas públicas de corto, mediano y largo plazo, busca poner en práctica una serie de acciones materiales sistémicas y concatenadas con el fin de lograr un conjunto de objetivos previamente determinados. En nuestro país, solo en apariencia, el Estado ha usado en los últimos años la planificación estratégica, la cual está diseñada para alcanzar un conjunto de metas generales, tratando de utilizar a la organización publica como un todo, claro en el caso de los últimos gobiernos el crecimiento desmedido y descontrolado del aparato burocrático ha impedido la cohesión de las acciones oficiales, dando como resultado logros muy pobres en relación con lo previsto en los planes. Recientemente, podemos observar que el aumento, desordenado, de los órganos y entes de la Administración Publica en sus niveles Nacional, Estadal y Municipal, ha producido un significativo incremento del gasto publico sobre todo de las partidas que tienen que ver con el gasto corriente (en detrimento de los gastos de inversión) y peor aun la falta o poca utilización de mecanismos de coordinación de la acción de estos complica la consecución de objetivos comunes. Más grave aun, es el efecto del enfrentamiento político que se ha desatado entre el Ejecutivo Nacional y los Gobernadores y Alcaldes de la oposición y de los partidos disidentes, ya que esto se traduce en una especie de desarticulación deliberada y malintencionada de la acción del Estado, que al fin de cuentas termina pagando el ciudadano en términos de inseguridad personal, deficientes servicios públicos de salud, educación electricidad, agua potable, aseo urbano, por mencionar solo algunos. En mi opinión lo que podamos teorizar acerca de la planificación como herramienta fundamental de la acción del Estado, no tendrá su correspondiente reflejo en nuestra realidad, debido a que la crisis política actual lo que realmente ha producido es una gran anarquía en todos los ámbitos del quehacer de nuestro país. Desgraciadamente los inmensos recursos que ha manejado el Estado Venezolano en los últimos años se han desperdiciado, por la falta de visión a largo plazo de nuestros gobernantes y su pobreza de criterio que los ha ocupado a ellos y en consecuencia al Estado, en una serie de enfrentamientos mezquinos que han terminado perjudicando a la población.

Hoy en día en nuestro país requiere urgente acudir a la planificación como medio para lograr objetivos comunes que eleven la calidad de vida de los ciudadanos, que no queremos vernos envueltos en estas pequeñas y miserables escaramuzas de políticos de tercera.

Finalmente, no hay que olvidar que el efecto de la planificación del Estado, se mide por la calidad de vida de los ciudadanos de hoy y el desarrollo y la estabilidad de nuestra sociedad del mañana.

EL PRESUPUESTO

La ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Publico, establece las bases del presupuesto Nacional, en este instrumento jurídico se señala lo siguiente:

Artículo 2º. La administración financiera del sector público comprende el conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos que intervienen en la captación de ingresos públicos y en su aplicación para el cumplimiento de los fines del Estado, y estará regida por los principios constitucionales de legalidad, eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad, equilibrio fiscal y coordinación macroeconómica.

Artículo 3º. Los sistemas de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad, regulados en esta Ley así como los sistemas tributario y de administración de bienes, regulados por leyes especiales, conforman la administración financiera del sector público. Dichos sistemas estarán interrelacionados y cada uno de ellos actuará bajo la coordinación de un órgano rector.

Artículo 9º. El sistema presupuestario está integrado por el conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos que rigen el proceso presupuestario de los entes y órganos del sector público.

El presupuesto es el complemento del plan y su acción esta dirigida a cumplir una meta prevista, expresada en valores y términos financieros que debe cumplirse en determinado tiempo y bajo ciertas condiciones previstas. Esta relación se puede apreciar claramente en la LOAFSP, en la cual se indica lo siguiente:

Artículo 10. Los presupuestos públicos expresan los planes nacionales, regionales y locales, elaborados dentro de las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación aprobadas por la Asamblea Nacional, en aquellos aspectos que exigen, por parte del sector público, captar y asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social e institucional del país; y se ajustarán a las reglas de disciplina fiscal contempladas en esta Ley y en la Ley del marco plurianual del presupuesto.

El plan operativo anual, coordinado por el Ministerio de Planificación y Desarrollo, será presentado a la Asamblea Nacional en la misma oportunidad en la cual se efectúe la presentación formal del proyecto de ley de presupuesto.

La principal función del presupuesto nacional es mantener el control financiero de la gestión de los diferentes órganos y entes del sector público, a través de él se puede determinar el grado de cumplimiento del plan que lo justificó, contrastando los resultados con las metas, de manera que se puedan implementar los ajustes necesarios oportunamente, en consecuencia el presupuesto puede tener papeles preventivos y correctivos.

Por otra parte, hay que señalar que el presupuesto contiene una relación detallada de los ingresos y los gastos estimados y previstos para un determinado periodo de tiempo y entre ellos debe existir un equilibrio de manera que las erogaciones no sean mayores que las entradas, a fin de evitar déficit.

En los últimos años se ha observado una práctica poco conocida en nuestro país, en cuanto a la relación entre ingresos y egresos previstos en el presupuesto Nacional. Como es harto conocido, los principales ingresos del Fisco Nacional se generan a través de las exportaciones petroleras, y los montos en moneda nacional que se registran en el presupuesto se obtienen estimando el volumen de la producción nacional y los precios internacionales de los hidrocarburos. Los órganos encargados de estas estimaciones, al calcular los ingresos petroleros registran precios inferiores a los proyectados por otros países exportadores, generando de manera intencional recursos extraordinarios que son utilizados arbitrariamente por el Ejecutivo Nacional, afectando a las Gobernaciones y a las Alcaldías que no reciben por vía ordinaria los recursos que constitucionalmente le corresponden por concepto de situado. Como podemos apreciar el presupuesto en nuestro país se ha convertido en un medio para sabotear o apoyar determinadas gestiones regionales o locales de acuerdo a la sintonía que en un momento dado tengan estas con el gobierno nacional. Esta distorsión perversa de los fines del presupuesto ha contribuido significativamente en el deterioro de las condiciones de vida de los venezolanos que sufren las consecuencias de este nuevo estilo de gobernar.
Antonio José Díaz García. C.I. N° V-2.765.546

El Presupuesto de la Nación

El Presupuesto Nacional se refiere a los gastos e ingresos estimados que tiene el Estado relativos a un año calendario en particular. Tiene entre sus múltiples propósitos realizar una evaluación del total de los ingresos y los gastos del Estado. Busca establecer un razonable equilibrio entre los gastos y los ingresos, haciendo posible una evaluación de los efectos que ellos producirán sobre la economía. Sobre todo ello priva un cálculo que contiene elementos de incertidumbre propios de la naturaleza de realización de las actividades que allí se especifican como cuentas, programas, proyectos, y acciones que se supone van a ser implementadas en el período de la duración presupuestaria.

La temática presupuestaria como tal se encuentra ubicada dentro de un campo de análisis denominado la Economía Pública, cuyos objetivos e instrumentos provenientes de la esfera de lo público no sólo tienen que ver con aspectos normativos, como reglas y principios para conseguir un deber ser, sino también con la utilización de recursos concretos y específicos conducidos a determinados fines socioeconómicos.

Múltiples propósitos se presentan a la hora de asignar los escasos recursos de los cuales se dispone. Deudas acumuladas, problemas no resueltos, variación en el precio del barril de petróleo, necesidades cambiantes y crecientes, forman parte de un contexto donde cualquier actividad presupuestaria debe moverse. Así igualmente se encuentra la necesaria búsqueda de una estabilidad económica que logre los objetivos del pleno empleo y un nivel de precios aceptables.

De la misma manera se intenta alcanzar una tasa conveniente de crecimiento productivo que vaya dirigida a una distribución equitativa de la Renta Nacional y el mejoramiento de la distribución del ingreso. Los fines y medios en su búsqueda de una racionalidad formal deben adecuarse a los propósitos más generales de un modelo de desarrollo que se pretende construir en el país. De allí los necesarios vínculos entre la planificación y la programación presupuestaria.

En el caso venezolano, nuestra Constitución Bolivariana fija algunas pautas para el régimen presupuestario dentro de lo que expresan los artículos del 311 al 315 inclusive. Veamos algunas de ellas.

La primera referida al equilibrio plurianual de manera que los ingresos ordinarios deben ser suficientes para cubrir los gastos ordinarios. Una segunda pauta se refiere a que el ingreso generado por la riqueza natural del subsuelo y los minerales debe orientarse al financiamiento de la inversión productiva, la educación y la salud. Una tercera se refiere a los límites del endeudamiento público, de allí que se requiera la presentación anual junto al Presupuesto de una ley especial.

Varios principios rigen la gestión fiscal: la eficiencia, la solvencia, la transparencia, la responsabilidad y el equilibrio. En cuanto a la eficiencia no hay duda que cualquier impuesto afecta la conducta de los consumidores y los productores en la búsqueda de su maximización de beneficios, ciertamente inmediatos, menos claros la influencia a más largo plazo en sus efectos, por ejemplo, los de tipo ecológico.

La supuesta racionalidad del mercado con sus conocidas imperfecciones, traduce la eficiencia fiscal en otra de tipo económico en cuanto a sus posibles consecuencias financieras y organizativas de la producción. La solvencia la vinculamos, en parte, a la capacidad administrativa de la gestión fiscal la cual debe ser sencilla y flexible para adaptarse a los cambios en las coyunturas.

Por lo que se refiere a la transparencia, este principio puede asociarse a la pulcritud del ejercicio administrativo llevándolo a la imagen que daba el Ministro de Hacienda de Luís XIV, al decir que "el arte de la tributación consistía en desplumar el ganso de tal manera que se le pudiera quitar el mayor número de plumas con la menor cantidad posible de ruido".

La responsabilidad en mi criterio debe estar relacionada con la justicia distributiva. Se trata de lograr una igualdad sustantiva de allí que el Estado termina jugando un importante rol en la redistribución de la renta al permitir la transferencia de unos sectores a otros. Finalmente, la búsqueda del equilibrio se encuentra en la raíz de un necesario sentido de la rigidez administrativa al considerar los recursos de los cuales se dispone, los que se le debe a otros, los que se generan de manera propia y la forma de distribución de los mismos.

En el caso venezolano importantes y necesarias relaciones deben establecerse entre el Ejecutivo Nacional y la Asamblea Nacional, para así fijar pautas generales de presentación y responsabilidades relativas a las partidas presupuestarias y la fijación de los gastos e ingresos. Igualmente el Ejecutivo Nacional tiene la obligación de rendir cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria ante la Asamblea Nacional.

Un aspecto que no puede soslayarse al considerar el régimen presupuestario se refiere a los componentes del Poder Público el cual se distribuye entre el Poder Nacional, el Estadal y el Municipal. Por otro lado se divide a su vez en el Poder Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. En consecuencia todas las ramas del mismo Poder Público con sus funciones específicas condicionan los objetivos y recursos de cada parte del sistema.

El Presupuesto como tal constituye un importante instrumento de gestión pública que debe reflejar los lineamientos de acción propuestos por el Ejecutivo Nacional. De allí sus vínculos con los Lineamientos Generales del Plan de la Nación, igualmente la elaboración del Plan Operativo Anual debería cada vez más ser la expresión de un conjunto de prioridades que permitan orientar la acción gubernamental.

No hay duda que las complejidades y las formas actuales del aparato del Estado venezolano, en particular su rigidez burocrática, requieren adaptarse a los tiempos que corren. Se plantea la necesidad de dar un salto cualitativo en términos de avanzar hacia la formulación de un Presupuesto por proyectos que haga más eficaz la labor gubernamental del actual Presupuesto por programas.

En consecuencia la interacción de la acción de gobierno debe tener en cuenta la presencia de las fuerzas políticas, económicas y sociales que operan en la realidad del momento que se vive. El Presupuesto Público de cada uno de nuestros países incumbe a todos los ciudadanos y ciudadanas. Es indispensable que los ciudadanos hagan oír su voz y cuenten con mecanismos de participación para garantizar que éste se convierta en una herramienta para el desarrollo y la eliminación de la pobreza. En la elaboración del Presupuesto Público, los criterios financieros y contables, deberían estar sujetos a un sensato proyecto nacional que implique la aplicación de políticas favorables a un crecimiento con equidad y a la superación de la exclusión social. La comunidad internacional reconoce que los diferentes procesos para la elaboración de los presupuestos nacionales son un determinante importante en los alcances de los objetivos de política pública. Presupuestar con base a resultados no solo contribuye a establecer una mejor disciplina fiscal, sino promueve efectividad en la asignación de recursos y promueve la transparencia y la rendición de cuentas. De esta manera se busca que el presupuesto no sea manejado como un vehículo de asignación de recursos y control de gasto exclusivamente, sino que sea un medio para alcanzar los niveles deseados en la asignación de presupuesto con base a resultados, de forma tal que su correcta aplicación sirva para combatir la corrupción y fortalecer la democracia. Aspecto que en Venezuela debe evaluarse, por que a mi juicio ha sido un fracaso, desde hace varios años, pero de manera acentuada en estos últimos, debido a la improvisación de quienes han conducido los distintos entes ministeriales y que tienen bajo su responsabilidad las políticas publicas y económicas del Estado.
Abg/ Gabriela Helena Herrera Fernández
Planificación y Presupuesto Público.

La planificación pareciese ser un concepto bastante familiarizado al desarrollo social que ha acompañado la evolución de los órganos de la administración pública, asociado a una proyección, trayectoria y conducción futura; donde hoy, cada vez más se asemeja a conceptos estratégicos. La planificación se ha ido configurando en su campo de actuación como un proceso consciente de determinación en cuanto a la acción que se propone seguir cumpliendo con una sociedad constituida; en estas bases se podría planificar el rumbo de un país. La planificación se presenta en la administración pública como la mejor vía que se relaciona con el proceso de desarrollo, pero no solo se trata de la relación entre dos procesos el de planificación y el desarrollo, sino también de una relación entre grupos humanos donde los actores principales son los grupos sociales organizados.

La situación que vive la sociedad actual, demanda la redirección de las funciones del Estado, donde se logre establecer verdaderas prioridades y se aproveche en forma eficiente todos los recursos tanto materiales, como humanos, naturales, económicos, técnicos entre otros, aplicándolos eficientemente para alcanzar un mayor nivel de felicidad siendo necesario resaltar que tal logro como uno de los objetivos del Estado debe procurar ser duradero en el tiempo.

El sentido estratégico de la planificación, se centra, en partir del estudio de la situación real que vive una determinada sociedad, y como resultado de ese estudio se pueda formar un diagnóstico el cual permita la elaboración de estrategias concretas que lleven al logro de objetivos esenciales con miras a un cambio sobre dicha situación. Desde el punto de vista general la práctica de la planificación estratégica, se ha extendido a todos los sitios y organizaciones, siendo indiscutible negar que hoy día, no haya un mandatario, un directivo, gerente o jefe; que no aplique un plan estratégico que guie o encamine al desarrollo de una nación, estado u organización; destacando que dicha práctica busque mayormente el pre activismo, es decir, se oriente hacia el futuro en busca de una mejor calidad de vida. Ahora bien, el que la sociedad forme parte de un mundo globalizado, requiere para la práctica de la planificación estratégica, conocer los fundamentos y bases de la administración y sobre todo la cultura socioeconómica de la misma.

El Estado en el ejercicio de sus funciones amerita de la planificación para el logro de sus fines, Venezuela como sistema de gobierno democrático fundamenta constitucionalmente su régimen socio económico basándose en los principios de justicia social, democratización, eficacia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado toma en consideración el desarrollo individual, al establecer que la iniciativa privada conjuntamente con éste, promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para asegurar una justa distribución de la riqueza; éste conjunto de principios y valores se aplican mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta. Propiciando así, que la administración pública en todos los objetivos que se trace deben proponer llevar siempre al desarrollo.

La iniciativa privada está orientada hacia la práctica de la planificación estratégica, el órgano planificador no puede determinar por si solo los objetivos sociales, en consecuencia, es vital generar mecanismos de participación necesarios para precisar las necesidades de la comunidad a la cual van dirigidas precisamente esos esfuerzos, y es que efectivamente, la persona humana hoy por hoy, es capaz de manejar métodos e instrumentos que le permitan participar en la evolución de los procesos sociales, adecuando objetivos y logrando satisfacer sus necesidades; y como no, teniendo en cuenta que a nadie escapa la idea de que los mejores resultados se logran cuando aquellos responsables del logro de objetivos pueden participar en el establecimiento de los mismos.

Un propósito adicional de la planificación estratégica consiste en coordinar los esfuerzos y los recursos dentro de la administración pública. Como parte de esa planificación en materia económica y social de la nación, se debe tener muy en cuenta el inventario de recursos y de los programas que han de ordenar esos recursos para atender las necesidades, relacionadas al desarrollo económico y al mejoramiento social del país. Muchas veces los casos de corrupción han llevado a algunos gobiernos a regular el uso de recursos, complicando el aspecto administrativo y financiero de sus acciones. Esta situación debe ser considerada en toda planificación, de manera que los mecanismos para controlar actos de corrupción no deben entorpecer la fluidez y oportunidad de los recursos que permitan conseguir los objetivos planteados por la administración para dar solución a las demandas sociales.

Por medio del Sistema Nacional de Planificación Pública se desarrollan las Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, y a través de la constitución, se crean tres niveles de consejos de planificación; el consejo federal de gobierno encargado de la planificación nacional, el consejo estadal de planificación pública a quienes compete la planificación a nivel de las provincias o estados, y el consejo municipal de planificación pública encargados de la planificación local, por medio del cual y en virtud de la ley de los concejos locales de planificación pública se crean los consejos comunales y parroquiales como centro principal de la participación y protagonismo del pueblo en la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas.

El consejo de planificación pública comunal conforma la unidad primaria del sistema de planificación nacional participativa, de ella se deriva la construcción de cada uno de los niveles que soportan el sistema ajustados al marco constitucional. La participación de los ciudadanos en el proceso de determinar prioridades en la gestión pública local permite avanzar en la construcción de sociedades más abiertas, transparentes, equitativa, democrática y participativa, donde se pueda reducir la discrecionalidad administrativa, la corrupción permita también vigilar y defender los intereses y las necesidades de los grupos más vulnerables. La ley orgánica de la administración pública establece la comisión central de planificación como el órgano superior de control y coordinación de la planificación centralizada de la administración pública.

Presupuesto Público

El presupuesto público es considerado como el instrumento o documento tanto de carácter jurídico como contable, por medio del cual se definen los recursos y gastos del Estado en un determinado período de tiempo. Hablar de presupuesto público necesariamente conlleva a la planificación en virtud de que como proceso previo a éste, se requiere la existencia de un plan. El presupuesto de una nación, es llamado generalmente presupuesto fiscal o presupuesto público, y está referida a una estimación de los ingresos del Estado durante un período, y de los egresos o gastos que efectuará el sector público. Como tal es materia de debate en los poderes públicos de las naciones, generalmente es presentado por el Poder Ejecutivo para su aprobación pública y formal. El presupuesto nacional es un complejo documento que ofrece, junto a las cifras consolidadas de todas las diligencias del sector público, un análisis especifico de los ingresos y egresos de cada una de las actividades del Estado.

La constitución de 1999 enmarca el Régimen Presupuestario, en su artículo 311 donde la gestión fiscal estará regida y será ejecutada con base en principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal. El ordenamiento jurídico venezolano específicamente la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público en su artículo 6, constituye que los municipios están sujetos a la regulación de esta ley; el presupuesto municipal configura también una estrategia de planificación ejecutada por la administración local en busca de los recursos necesarios que lleva al desarrollo, siempre con arreglo a los principios constitucionales.

Para llegar a concretarse un plan presupuestario, este debe someterse a diversas etapas que lo complementan, es decir, una previa presentación, ser objeto de estudio, ser motivo de discusión, convalidar su aprobación, establecer su promulgación y controlar su ejecución; todo en vista de que la gestión pública se centra en prever los ingresos y gastos públicos, en determinar los recursos económicos, materiales y humanos entre otros, para re direccionar como antes se había mencionado, las políticas públicas a implementar por los órganos del Estado y en hacer más eficiente los procesos administrativos.

En consecuencia, todo plan presupuestario debe contener el resultado de ese conjunto de etapas, sin dejar de incluir todos los asuntos inherentes a esa materia, determinando el periodo de tiempo el cual constitucionalmente se establece como anual, la continuidad del mismo y la perspectiva más resaltante, es, el que deben ser públicos para que la comunidad conozca la manera de aplicarlos. Ahora bien, relacionado a la materia de régimen presupuestario se evidencia la existencia de un valor o principio novedoso considerado como fundamental y contemplado en la constitución en el artículo 168, en razón de la participación ciudadana, las actuaciones del Municipio en el ámbito de sus competencias se cumplirán incorporando la participación ciudadana al proceso de definición y ejecución de la gestión pública y al control y evaluación de sus resultados, en forma efectiva suficiente y oportuna conforme a la ley. En consideración dicha disposición, consolida la participación ciudadana en el ámbito del presupuesto público catalogándose como presupuesto participativo; y planteándose el mismo a través de una metodología por la cual los ciudadanos miembros de una comunidad tienen la oportunidad de intervenir en la planificación del presupuesto público municipal.

El presupuesto como tal constituye un importante instrumento de gestión pública que debe reflejar los lineamientos de acción propuestos por el Ejecutivo. De allí sus vínculos con los Lineamientos Generales del Plan de Desarrollo de la Nación. Igualmente la elaboración del Plan Operativo Anual debería cada vez más ser la expresión de un conjunto de prioridades que permitan orientar la acción de la gestión pública.

Para finalizar, se puede precisar que el presupuesto refleja el resultado obtenido de la aplicación de la planificación estratégica, siendo fundamental conocer y ejecutar correctamente los objetivos para poder lograr las metas trazadas por el Estado, lo que indica que el presupuesto público debería ser un círculo continuo que nunca debe terminar en la administración pública; debe revelarse un verdadero control presupuestario que se caracterice en vigilar, revisar y modificar el presupuesto de acuerdo con los resultados no deseados.

Los elementos importantes y a rescatar de la planificación están referidos a la consciencia, es decir, que significativamente tengamos capacidad de decidir y conducir el traspaso de la situación presente hacia una futura, anticipándose a ella con consciencia para decidir el camino y encontrar sus fundamentos; la planificación no define el fin o el estado deseado sino que determina como se deberá trabajar o que caminos recorrer para llegar a él.

Es importante señalar, que por primera vez en Venezuela, se dispone de una Ley Orgánica de Planificación, la cual permite estructurar el Sistema Nacional de Planificación, integrando los diferentes niveles de planificación asociados a las instancias de gobierno nacional, estatal y municipal, así como la participación organizada de la población en la formulación, ejecución, seguimiento y control de los programas y proyectos a ser financiados con recursos públicos, a través del Consejo Federal de Gobierno, los Consejos de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, y los Consejos Locales de Planificación Pública muy especialmente los consejos comunales.

Recientemente el Ministro de Economía y Finanzas, presentó ante la Asamblea Nacional las líneas del presupuesto del 2009, que estará en gran medida soportado por la contribución petrolera, en momentos en los cuales se presenta una debilidad en los precios del crudo. Anunciando formalmente también que el presupuesto de la nación para 2009 alcanza 167,4 millardos de bolívares fuertes, lo que corresponde a 23,7% del Producto Interno Bruto y supera en 30,1 millardos al monto establecido para 2008, destacando la proyección de crecimiento del 6% en el Producto Interno Bruto, inflación estimada de 15%, precio del barril de petróleo venezolano calculado en 60 dólares y un tipo de cambio invariable de 2,15 bolívares fuertes por dólar, con lo que queda descartada de manera oficial la posibilidad de una devaluación.



Johnattan Michel Quintero Zambrano.
C.I 15.755.126
Planificación y Presupuesto Público.