viernes, 24 de octubre de 2008

Los Consejos Locales de Planificación Pública y la Democracia Participativa

Los Consejos Locales de Planificación Pública y la Democracia Participativa

ErikaYesenia Dávila Méndez

Venezuela como país orientado a impulsar la Democracia Participativa ha puesto en marcha desde hace varios años la promulgación de distintas leyes cuyo objetivo principal ha sido fomentar la creación de organizaciones o instancias que permitan concretizar y hacer posible la participación y protagonismo del pueblo, sin embargo no hemos dejado de ser un país con un rico y complejo conjunto de leyes pero totalmente antagónico a su aplicación por parte del Estado y de la misma Sociedad. En efecto, se han establecido las bases a nivel nacional, estadal y municipal para lograr la democracia participativa que se quiere y que puede realzar el desarrollo armónico, sustentable y sostenible del país, pero este desarrollo implica a su vez el cumplimiento por parte de los órganos del Estado de sus atribuciones y competencias y la intervención del pueblo para conocer sus realidades; sin duda alguna, lograr una participación efectiva implica tomar en cuenta las opiniones que derivan desde la unidad política primaria llamada municipio, pues es en él donde se encuentran la información y conocimiento de las realidades imperantes.


Ahora bien, para nadie es un secreto que a partir de la promulgación de la constitución de 1999 se ha implementado en nuestro país la creación de organizaciones, instituciones o instancias que realzan la participación, permitiendo a la sociedad trabajar de manera conjunta con los órganos del Estado, resultando dicha intervención importante sobre todo en la creación de el conjunto de planes que permiten el desarrollo de la nación y que a su vez conforman el denominado Sistema de Planificación Venezolano. Este Sistema compuesto no solo por planes implica también la presencia de ciertos órganos creados en Venezuela partiendo desde el nivel de gobierno nacional hasta llegar a los gobiernos locales, en este sentido, nuestro carta magna ha establecido los primeros fundamentos institucionales del Sistema de Planificación Nacional y otras leyes han reforzado la estructura y objetivos que debieron desde sus inicios caracterizar a estos organismos, de manera concreta se planteó la creación del Consejo Federal de Gobierno, asistido estatalmente por el Consejo de Planificación y Coordinación de Políticas Publicas y municipalmente por el Consejo Local de Planificación Publica, todos orientados en principio como su nombre lo indica a promover el proceso de planificación aunado íntimamente al establecimiento de políticas y acciones encaminadas a lograr la descentralización y transferencia de competencias del poder nacional a los Estados y Municipios, de lo que pudiera decirse que hasta ahora no se ha logrado del todo pues si bien se han delegado muchas materias y competencias a los Estados y Municipios, no significando sólo esto “descentralización”, no puede negarse la intromisión total del poder nacional en los asuntos de competencia estadal y municipal, de manera que descentralización significa autonomía, en consecuencia no puede hablarse de la primera cuando la segunda no existe.


Por otra parte, pese al mandato contenido en las propia constitución, hoy a nueve años de su vigencia, no se ha sancionado la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, surgiendo muchas inquietudes e imprecisiones al respecto, situación que al menos no sucedió para los otros niveles de gobierno ya que se logro de manera certera la aprobación de la Ley de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Publicas y la Ley de los Consejos Locales de Planificación, instrumentos legales que junto a la Ley Orgánica de Planificación configuran la estructura normativa básica que propicia la Institucionalización del Proceso de Planificación necesario para coordinar y orientar al país hacia el desarrollo.


Siguiendo esta perspectiva es necesario hablar de los Consejos Locales de Planificación, creados como parte de la estructura del Sistema Nacional de Planificación y como señala la ley aprobada para regirlos “se encargan de la planificación integral del gobierno local, con el propósito de lograr la integración de las comunidades organizadas y grupos vecinales mediante la participación y el protagonismo dentro de una política general de Estado, descentralización y desconcentración de competencias y recursos, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”, así como presentar propuestas y orientar el Plan Municipal de Desarrollo hacia la atención de las necesidades y capacidades de la población.


Habida cuenta, la importancia que tiene el municipio y esencialmente las comunidades a través de los Consejos Comunales y Consejos Parroquiales de integrar y formar parte de los Consejos Locales de Planificación, ya que la participación comunitaria supone que las comunidades se envuelven en el diseño y gestión del plan, no sólo con su tiempo y su trabajo, sino también con el conocimiento que poseen de los recursos locales, son las comunidades organizadas y los grupos vecinales quienes precisamente disponen de la información y los conocimientos fundamentales para encaminar el Plan Municipal de Desarrollo y son ellos quienes deberían decidir sobre los diferentes aspecto del mismo y sobre las prioridades que pueden hacer perfectible la planificación. Sin embargo, la mala orientación de la población y en muchos casos la apatía del pueblo viene a ser lo que ha ocasionando innumerables problemas para conformar los Consejos Locales de Planificación Publica y lograr su mejor y eficaz desempeño, en consecuencia corresponde a la población contribuir con su apoyo para lograr el desarrollo y crecimiento que el país merece, pues si bien es cierto que estos órganos han funcionado de manera efectiva en algunos municipios, no es menos cierto que esto se ha logrado gracias al esfuerzo mancomunado de los entes del estado y las comunidades quienes han intervenido en los asuntos públicos para consolidar el modelo democrático participativo.

En este orden de ideas, otro elemento que resulta importante en el desenvolvimiento de los Consejos Locales de Planificación Pública lo constituye la presencia de: 1. Las alcaldías quienes han demostrado, aun cuando no en todos los casos poco interés de convocar a las comunidades organizadas para tomar en cuenta sus consideraciones en relación a los Planes Municipales de Desarrollo y 2. La Sala Técnica que en algunos municipios no ha funcionado correctamente derivándose de estos hechos grandes discordancias a la hora de ejecutar los Planes Municipales de Desarrollo que requieren del esfuerzo interdisciplinario (de alcaldes, técnicos y las sociedades organizadas) y motivando paralelo a esto grandes dificultades de participación de los ciudadanos.


Otra de las causas que ha llevado a que los Consejos Locales de Planificación Publica no funcionen de acuerdo a los requerimientos y potencialidades de los municipios, es la falta de recursos lo que no les permite dar el apoyo correspondiente y funcionar de manera eficiente, eficaz y efectiva debido fundamentalmente al retardo en la aprobación del presupuesto de inversión, perjudicando gravemente a las comunidades en general e impidiendo realizar lo que se planifica.


Por estas y muchas otras causas los Consejos Locales de Planificación Pública si bien fueron creados con muchas expectativas para los entes del Estado y para la misma población el funcionamiento que han llevado hasta ahora no ha sido el mas certero, se puede sacar un gran provecho de dichos consejos manejándolos adecuadamente, apoyándolos con el potencial humano y económico necesarios y sobre todo ejecutando a cabalidad las propuestas emitidas en los planes de desarrollo, sucede entonces que se aumenta la credibilidad del pueblo, se fomenta la democracia participativa que consagra la Constitución y se permite a los ciudadanos ejercer su derecho a intervenir en la formación, ejecución y control de los planes de desarrollo de su municipio.
En conclusión, los municipios de cada Estado han ido adquiriendo una importancia creciente dado su interés por lograr el desarrollo armónico, sustentable y sostenible del país, y los Consejos Locales de Planificación Pública no han dejado de una u otra forma de aportar su granito de arena en la construcción de dicho desarrollo. El propósito de la Creación de los Consejos Locales no ha sido otro mas que contribuir como se ha vendido diciendo en la elaboración y seguimiento del plan Municipal de Desarrollo pero mas que eso en hacer realidad la ejecución de dicho plan que pudiera decirse que es la tarea mas difícil y que en muchos casos no se logra concretizar, no obstante la organización y funcionamiento de los Consejos Locales puede hacerse posible a cabalidad si se logra la afluencia de los sectores: municipio, consejos parroquiales, consejos comunales y comunidades organizadas, de manera que es en estos espacios donde se encuentra la célula inicial de consulta y apoyo hacia los Consejos Locales de Planificación Pública y es donde construye la base sólida de los procesos de planificación participativa del país, verdadero escenario para el desarrollo de la Democracia Participativa y de el Estado Federal Descentralizado que propugna nuestra Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.

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