viernes, 24 de octubre de 2008

Planificación y Presupuesto Público.

La planificación pareciese ser un concepto bastante familiarizado al desarrollo social que ha acompañado la evolución de los órganos de la administración pública, asociado a una proyección, trayectoria y conducción futura; donde hoy, cada vez más se asemeja a conceptos estratégicos. La planificación se ha ido configurando en su campo de actuación como un proceso consciente de determinación en cuanto a la acción que se propone seguir cumpliendo con una sociedad constituida; en estas bases se podría planificar el rumbo de un país. La planificación se presenta en la administración pública como la mejor vía que se relaciona con el proceso de desarrollo, pero no solo se trata de la relación entre dos procesos el de planificación y el desarrollo, sino también de una relación entre grupos humanos donde los actores principales son los grupos sociales organizados.

La situación que vive la sociedad actual, demanda la redirección de las funciones del Estado, donde se logre establecer verdaderas prioridades y se aproveche en forma eficiente todos los recursos tanto materiales, como humanos, naturales, económicos, técnicos entre otros, aplicándolos eficientemente para alcanzar un mayor nivel de felicidad siendo necesario resaltar que tal logro como uno de los objetivos del Estado debe procurar ser duradero en el tiempo.

El sentido estratégico de la planificación, se centra, en partir del estudio de la situación real que vive una determinada sociedad, y como resultado de ese estudio se pueda formar un diagnóstico el cual permita la elaboración de estrategias concretas que lleven al logro de objetivos esenciales con miras a un cambio sobre dicha situación. Desde el punto de vista general la práctica de la planificación estratégica, se ha extendido a todos los sitios y organizaciones, siendo indiscutible negar que hoy día, no haya un mandatario, un directivo, gerente o jefe; que no aplique un plan estratégico que guie o encamine al desarrollo de una nación, estado u organización; destacando que dicha práctica busque mayormente el pre activismo, es decir, se oriente hacia el futuro en busca de una mejor calidad de vida. Ahora bien, el que la sociedad forme parte de un mundo globalizado, requiere para la práctica de la planificación estratégica, conocer los fundamentos y bases de la administración y sobre todo la cultura socioeconómica de la misma.

El Estado en el ejercicio de sus funciones amerita de la planificación para el logro de sus fines, Venezuela como sistema de gobierno democrático fundamenta constitucionalmente su régimen socio económico basándose en los principios de justicia social, democratización, eficacia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado toma en consideración el desarrollo individual, al establecer que la iniciativa privada conjuntamente con éste, promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para asegurar una justa distribución de la riqueza; éste conjunto de principios y valores se aplican mediante una planificación estratégica, democrática, participativa y de consulta abierta. Propiciando así, que la administración pública en todos los objetivos que se trace deben proponer llevar siempre al desarrollo.

La iniciativa privada está orientada hacia la práctica de la planificación estratégica, el órgano planificador no puede determinar por si solo los objetivos sociales, en consecuencia, es vital generar mecanismos de participación necesarios para precisar las necesidades de la comunidad a la cual van dirigidas precisamente esos esfuerzos, y es que efectivamente, la persona humana hoy por hoy, es capaz de manejar métodos e instrumentos que le permitan participar en la evolución de los procesos sociales, adecuando objetivos y logrando satisfacer sus necesidades; y como no, teniendo en cuenta que a nadie escapa la idea de que los mejores resultados se logran cuando aquellos responsables del logro de objetivos pueden participar en el establecimiento de los mismos.

Un propósito adicional de la planificación estratégica consiste en coordinar los esfuerzos y los recursos dentro de la administración pública. Como parte de esa planificación en materia económica y social de la nación, se debe tener muy en cuenta el inventario de recursos y de los programas que han de ordenar esos recursos para atender las necesidades, relacionadas al desarrollo económico y al mejoramiento social del país. Muchas veces los casos de corrupción han llevado a algunos gobiernos a regular el uso de recursos, complicando el aspecto administrativo y financiero de sus acciones. Esta situación debe ser considerada en toda planificación, de manera que los mecanismos para controlar actos de corrupción no deben entorpecer la fluidez y oportunidad de los recursos que permitan conseguir los objetivos planteados por la administración para dar solución a las demandas sociales.

Por medio del Sistema Nacional de Planificación Pública se desarrollan las Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, y a través de la constitución, se crean tres niveles de consejos de planificación; el consejo federal de gobierno encargado de la planificación nacional, el consejo estadal de planificación pública a quienes compete la planificación a nivel de las provincias o estados, y el consejo municipal de planificación pública encargados de la planificación local, por medio del cual y en virtud de la ley de los concejos locales de planificación pública se crean los consejos comunales y parroquiales como centro principal de la participación y protagonismo del pueblo en la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas.

El consejo de planificación pública comunal conforma la unidad primaria del sistema de planificación nacional participativa, de ella se deriva la construcción de cada uno de los niveles que soportan el sistema ajustados al marco constitucional. La participación de los ciudadanos en el proceso de determinar prioridades en la gestión pública local permite avanzar en la construcción de sociedades más abiertas, transparentes, equitativa, democrática y participativa, donde se pueda reducir la discrecionalidad administrativa, la corrupción permita también vigilar y defender los intereses y las necesidades de los grupos más vulnerables. La ley orgánica de la administración pública establece la comisión central de planificación como el órgano superior de control y coordinación de la planificación centralizada de la administración pública.

Presupuesto Público

El presupuesto público es considerado como el instrumento o documento tanto de carácter jurídico como contable, por medio del cual se definen los recursos y gastos del Estado en un determinado período de tiempo. Hablar de presupuesto público necesariamente conlleva a la planificación en virtud de que como proceso previo a éste, se requiere la existencia de un plan. El presupuesto de una nación, es llamado generalmente presupuesto fiscal o presupuesto público, y está referida a una estimación de los ingresos del Estado durante un período, y de los egresos o gastos que efectuará el sector público. Como tal es materia de debate en los poderes públicos de las naciones, generalmente es presentado por el Poder Ejecutivo para su aprobación pública y formal. El presupuesto nacional es un complejo documento que ofrece, junto a las cifras consolidadas de todas las diligencias del sector público, un análisis especifico de los ingresos y egresos de cada una de las actividades del Estado.

La constitución de 1999 enmarca el Régimen Presupuestario, en su artículo 311 donde la gestión fiscal estará regida y será ejecutada con base en principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal. El ordenamiento jurídico venezolano específicamente la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público en su artículo 6, constituye que los municipios están sujetos a la regulación de esta ley; el presupuesto municipal configura también una estrategia de planificación ejecutada por la administración local en busca de los recursos necesarios que lleva al desarrollo, siempre con arreglo a los principios constitucionales.

Para llegar a concretarse un plan presupuestario, este debe someterse a diversas etapas que lo complementan, es decir, una previa presentación, ser objeto de estudio, ser motivo de discusión, convalidar su aprobación, establecer su promulgación y controlar su ejecución; todo en vista de que la gestión pública se centra en prever los ingresos y gastos públicos, en determinar los recursos económicos, materiales y humanos entre otros, para re direccionar como antes se había mencionado, las políticas públicas a implementar por los órganos del Estado y en hacer más eficiente los procesos administrativos.

En consecuencia, todo plan presupuestario debe contener el resultado de ese conjunto de etapas, sin dejar de incluir todos los asuntos inherentes a esa materia, determinando el periodo de tiempo el cual constitucionalmente se establece como anual, la continuidad del mismo y la perspectiva más resaltante, es, el que deben ser públicos para que la comunidad conozca la manera de aplicarlos. Ahora bien, relacionado a la materia de régimen presupuestario se evidencia la existencia de un valor o principio novedoso considerado como fundamental y contemplado en la constitución en el artículo 168, en razón de la participación ciudadana, las actuaciones del Municipio en el ámbito de sus competencias se cumplirán incorporando la participación ciudadana al proceso de definición y ejecución de la gestión pública y al control y evaluación de sus resultados, en forma efectiva suficiente y oportuna conforme a la ley. En consideración dicha disposición, consolida la participación ciudadana en el ámbito del presupuesto público catalogándose como presupuesto participativo; y planteándose el mismo a través de una metodología por la cual los ciudadanos miembros de una comunidad tienen la oportunidad de intervenir en la planificación del presupuesto público municipal.

El presupuesto como tal constituye un importante instrumento de gestión pública que debe reflejar los lineamientos de acción propuestos por el Ejecutivo. De allí sus vínculos con los Lineamientos Generales del Plan de Desarrollo de la Nación. Igualmente la elaboración del Plan Operativo Anual debería cada vez más ser la expresión de un conjunto de prioridades que permitan orientar la acción de la gestión pública.

Para finalizar, se puede precisar que el presupuesto refleja el resultado obtenido de la aplicación de la planificación estratégica, siendo fundamental conocer y ejecutar correctamente los objetivos para poder lograr las metas trazadas por el Estado, lo que indica que el presupuesto público debería ser un círculo continuo que nunca debe terminar en la administración pública; debe revelarse un verdadero control presupuestario que se caracterice en vigilar, revisar y modificar el presupuesto de acuerdo con los resultados no deseados.

Los elementos importantes y a rescatar de la planificación están referidos a la consciencia, es decir, que significativamente tengamos capacidad de decidir y conducir el traspaso de la situación presente hacia una futura, anticipándose a ella con consciencia para decidir el camino y encontrar sus fundamentos; la planificación no define el fin o el estado deseado sino que determina como se deberá trabajar o que caminos recorrer para llegar a él.

Es importante señalar, que por primera vez en Venezuela, se dispone de una Ley Orgánica de Planificación, la cual permite estructurar el Sistema Nacional de Planificación, integrando los diferentes niveles de planificación asociados a las instancias de gobierno nacional, estatal y municipal, así como la participación organizada de la población en la formulación, ejecución, seguimiento y control de los programas y proyectos a ser financiados con recursos públicos, a través del Consejo Federal de Gobierno, los Consejos de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, y los Consejos Locales de Planificación Pública muy especialmente los consejos comunales.

Recientemente el Ministro de Economía y Finanzas, presentó ante la Asamblea Nacional las líneas del presupuesto del 2009, que estará en gran medida soportado por la contribución petrolera, en momentos en los cuales se presenta una debilidad en los precios del crudo. Anunciando formalmente también que el presupuesto de la nación para 2009 alcanza 167,4 millardos de bolívares fuertes, lo que corresponde a 23,7% del Producto Interno Bruto y supera en 30,1 millardos al monto establecido para 2008, destacando la proyección de crecimiento del 6% en el Producto Interno Bruto, inflación estimada de 15%, precio del barril de petróleo venezolano calculado en 60 dólares y un tipo de cambio invariable de 2,15 bolívares fuertes por dólar, con lo que queda descartada de manera oficial la posibilidad de una devaluación.



Johnattan Michel Quintero Zambrano.
C.I 15.755.126
Planificación y Presupuesto Público.

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